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SECCIÓN ATS: Clasificar los documentos según su identificación y sustento tributario.

Actualizado: 16 de octubre de 2024

Antes de generar el ATS, asegúrate de clasificar los documentos según su identificación y sustento tributario.

Cada comprobante debe indicar si se sustenta en crédito tributario o si sustenta costos o gastos. El código correspondiente, según la tabla de sustento tributario, debe tener dos caracteres y determinará cómo se registran las transacciones para efectos fiscales.

SECCIÓN ATS: Clasificar los documentos según su identificación y sustento tributario.

SECCIÓN ATS: Clasificar los documentos según su identificación y sustento tributario.

La Tabla de Identificación del Sustento Tributario presenta los códigos y su aplicación para registrar los diferentes tipos de transacciones en el Anexo Transaccional Simplificado (ATS). Estos códigos permiten clasificar si un comprobante sustenta un crédito tributario o se destina a costos y gastos para la declaración de impuestos.

Código

Aplicación

01

Adquisiciones de bienes o servicios gravados con derecho a crédito tributario (que se reflejan en la declaración del IVA).

02

Adquisiciones de bienes o servicios gravados que no generan derecho a crédito tributario. El IVA pagado se contabiliza como costo o gasto y se declara en el Impuesto a la Renta.

03

Adquisiciones de activos fijos gravados con derecho a crédito tributario.

04

Adquisiciones de activos fijos sin derecho a crédito tributario. El IVA pagado se incluye como costo o gasto en la declaración de Impuesto a la Renta.

05

Gastos de viaje, hospedaje y alimentación cuyos comprobantes están a nombre de los empleados, pero son deducibles para el Impuesto a la Renta.

06

Adquisiciones de inventarios gravados con derecho a crédito tributario, que se reflejan en la declaración del IVA.

07

Adquisiciones de inventarios que no generan derecho a crédito tributario. El IVA pagado se refleja como costo o gasto en la declaración de Impuesto a la Renta.

08

Compras de bienes o servicios para reembolsos. Utilizado por el intermediario al reportar el gasto.

09

Gastos médicos y medicina prepagada que constan en la declaración del IVA a través de la figura de reembolso.

10

Utilizado por sociedades nacionales o extranjeras residentes en Ecuador para reportar dividendos y utilidades distribuidas.

11

Instituciones financieras que reportan pagos por bienes o servicios mediante convenios de débito o recaudación, donde actúan como agentes de retención.

12

Utilizado por editores de periódicos y revistas para reportar retenciones presuntivas. También aplica para la comercialización de combustibles derivados del petróleo.

13

Valores reconocidos por entidades públicas a favor de sujetos pasivos.

14

Facturación de socios a operadoras de transporte (sin constituir gasto de la operadora).

15

Pagos por consumos de servicios digitales propios o de terceros. Aplica para retenciones sobre estos servicios.

00

Anteriormente utilizado por instituciones financieras y editores para reportar pagos y retenciones, actualmente en desuso desde febrero de 2015.

Estos códigos ayudan a clasificar correctamente los comprobantes en el ATS, asegurando que las transacciones se registren conforme a su tratamiento fiscal para efectos de IVA o Impuesto a la Renta.

Esto garantiza que el registro de información sea preciso y cumpla con los requisitos del Servicio de Rentas Internas (SRI).

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